Buenas noticias para millones de españoles: el BOE publica la nueva deducción de hasta 340 euros en el IRPF para estos trabajadores
La nueva medida fiscal busca aliviar a los que tienen salarios más bajos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes una nueva deducción en el IRPF dirigida a trabajadores con ingresos bajos. Esta medida, recogida en la Ley 5/2025, de 24 de julio, modifica la Ley 35/2006 del IRPF y tendrá efectos retroactivos a partir del 1 de enero de 2025. El objetivo es beneficiar a quienes perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) u otros sueldos bajos, siempre que cumplan ciertos requisitos de renta.
Según el texto legal, tendrán derecho a esta nueva deducción los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales, siempre que no perciban otras rentas superiores a 6.500 euros. La cuantía máxima será de 340 euros anuales para quienes ingresen hasta 16.576 euros. A partir de ahí, y hasta los 18.276 euros, la deducción disminuirá progresivamente según esta fórmula: “340 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.”
El importe de esta deducción “no podrá exceder de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a los rendimientos netos del trabajo”, según el BOE. Además, esta ayuda se aplicará una vez practicada la deducción prevista en el artículo 80 de la ley, es decir, no sustituye otras reducciones ya vigentes, sino que se suma como un beneficio adicional para los contribuyentes con menos ingresos.
La nueva ley, que fue aprobada en paralelo a reformas en materia de seguros y responsabilidad civil, también introduce cambios relevantes en la tramitación de devoluciones del IRPF vinculadas a aportaciones a mutualidades. A partir de ahora, la Agencia Tributaria podrá iniciar procedimientos de devolución de los ejercicios 2019 a 2022, siempre que los contribuyentes presenten una solicitud mediante el formulario de apoderamiento electrónico que se habilitará en su sede electrónica.
Otros cambios incluidos en la nueva norma
La norma también contempla ajustes en otros ámbitos, como el deportivo. Se modifica el artículo 23.3 de la Ley 39/2022 del Deporte para establecer que la cuantía mínima del Seguro Obligatorio Deportivo (SOD) se fijará por reglamento y se actualizará según los artículos 100 y siguientes de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro. El nuevo reglamento deberá estar aprobado en un plazo de seis meses.
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Por último, se declara la IV Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo (FfD) como acontecimiento de excepcional interés público, lo que permitirá aplicar máximos incentivos fiscales según la Ley 49/2002. Además, el Gobierno se compromete a realizar durante este ejercicio “las modificaciones legislativas oportunas para hacer efectiva la actualización de las entregas a cuenta y de las referencias relativas a la participación de las entidades locales en los tributos del Estado correspondientes al año 2025”, lo que apunta a un ajuste de la financiación de las corporaciones locales.
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