Economía

Estos son los trabajadores que cobrarán un ‘extra’ de 100 euros en su nómina de febrero: afecta a miles de españoles

Cerca de dos millones y medio de personas se beneficiarán de la subida del Salario Mínimo Interprofesional en España.

Estos son los trabajadores que cobrarán un ‘extra’ de 100 euros en su nómina de febrero: afecta a miles de españoles
GETTY IMAGES
Daniel Ceped
Nació en Sabáñigo (Huesca) en 2002. Está estudiando Periodismo y Comunicación Audiovisual en la Universidad Carlos III de Madrid. Entró en Diario AS en 2024.
Actualizado a

Buenas noticias para millones de trabajadores en España: el Consejo de Ministros ha aprobado la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El aumento con respecto al SMI de 2024 es de un 4,4%, lo que en cifras concretas se traduce en un incremento de 50 euros, hasta los 1.184 euros mensuales en 14 pagas (16.576 euros al año).

Además, uno de los aspectos más llamativos de esta medida es que se trata de una subida con carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero. Y es que aunque el primer día de 2025 la medida no estaba aprobada, su aplicación se remonta a esa fecha, por lo que en febrero la subida será doble.

Los trabajadores que cobrarán 100 euros ‘extra’ en febrero

Todos los trabajadores que cobran el Salario Mínimo recibirán la subida de salario de 50 euros en la nómina de febrero. Pero además cobrarán también el aumento correspondiente al mes de enero, por lo que al ‘extra’ de febrero se le suman los 50 euros que deberían haber cobrado en enero si la medida se hubiese aprobado.

De esta medida se beneficiarán cerca de dos millones y medio de personas que cobran el SMI en España. Para el resto de trabajadores que cobren por encima del SMI no habrá subida, pues es un incremento que solo afecta a quienes cobran menos que la nueva cuantía.

Qué pasa si tu empresa no aplica la subida

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Este SMI es la cuantía deben cobrar todos los trabajadores que están a tiempo completo, independientemente del oficio o el sector, y ninguna empresa puede pagar menos a sus empleados. En caso de que la empresa rechace la solicitud del empleado, este debe acudir al Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC) donde debe presentar la denominada “papeleta de conciliación”.

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