Quién paga la nueva tasa de basuras de Madrid que entra en vigor en septiembre, ¿inquilino o propietario?
El impuesto es obligatorio para aquellos municipios de más de 5.000 habitantes. En caso de alquiler, dependerá de cuando entrara en vigor el contrato.


El mes de agosto se acaba y llega el momento para que los más de tres millones de habitantes de Madrid tengan que hacer frente a un nuevo impuesto: la tasa de basuras. Un tributo que ya estaba presente en algunos municipios del país, pero que desde ahora ya es obligatorio para aquellos que superen los 5.000 habitantes.
Su entrada en vigor se producirá en el próximo mes de septiembre, cuando se cumplen ya tres años de la llegada de la . Esta ley transpone una directiva europea, aprobada en 2018, que exige llegar al 55 % de reutilización y reciclaje de residuos para este 2025, y que deberá llegar hasta el 65% en la próxima década.
Esta nueva tasa, que servirá para sufragar los costes de la recogida, el transporte y el tratamientos de residuos sólidos urbanos, puede ser implementada por cada ayuntamiento según sus propios criterios. Algo que fue criticado por el secretario general de la Federación Española de Municipios y Provincias (Femp), Luis Martínez-Sicluna, quien lamentó que generaría diferencias entre diferentes consistorios.
Quién paga y de cuánto será el coste
En el caso de que la vivienda esté alquilada pueden surgir las dudas sobre quién debe pagar este nuevo impuesto, si el propietario de la misma o el inquilino que vive en ella. Ante esta situación, será el sujeto pasivo (el inquilino) quien debe hacer frente al impuesto, ya que es quien se beneficia del servicio de recogida.
Pero hay excepciones. Mariluz Rodríguez, abogada del departamento de Inmueble de Legálitas, explica a que en los contratos que ya estén iniciados el inquilino no se verá afectado. “No se les va a poder repercutir”. Algo que argumenta al amparo de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que señala que para que la repercusión de un gasto sea válida debe ir en el contrato. En este caso, deberá pagar el propietario.
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En el caso de los contratos firmados una vez entre en vigor la normativa, será el inquilino quien deba hacerse cargo. Para ello, se debe detallar en el contrato el importe correspondiente. Una cifra que todavía no está cerrada, pues en los municipios que aplican la tasa oscila entre los 30 y los 120 euros. Para calcularlo se tienen en cuenta diferentes factores, como el valor catastral de la vivienda, las personas empadronadas o al consumo de agua. Además, algunos municipios apuestan por una tasa fija y otros por una variable.
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