Economía

Un jubilado se pone a trabajar por 80 euros, la Seguridad Social le caza ‘in fraganti’ y acaba pagando 24.000 euros

El hombre, de 67 años, trabajó una jornada en la vendimia italiana. La sanción fue de un año entero de pensión por realizar una actividad laboral.

Vendimia
Pixabay
Raúl Izquierdo
Nació en Villanueva de Alcardete en 1990. De La Mancha al Diario AS. Graduado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, siempre tuvo claro que lo suyo eran las letras. Antes de formar parte de AS pasó por Marca Plus, Grupo V y Marca. En 2019 llega a AS y, tras pasar por la web, la pandemia le coloca en Actualidad. La fotografía, su otra afición.
Actualizado a

Cada país cuenta con su propio sistema de pensiones, con un edad de jubilación que no es la misma en todo ellos. En España, por ejemplo, la edad de jubilación en este 2025 es de 65 años para quienes tienen cotizados, al menos 38 años y tres meses. Italia, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INPS), lanzó un sistema en 2019 que permitía los trabajadores jubilarse de forma anticipada a los 62 años.

Para ello, debían haber cotizado al menos durante 38 años. Su nombre, Cuota 100, era el resultado de sumar los años a los que se podía jubilar con los cotizados. Y, aunque fue retirado en 2021, todavía hoy los trabajadores pueden acceder a ella quienes hayan alcanzado los requisitos (edad y años cotizados) antes de finales de ese año.

La prestación, de la que se beneficiaron miles de jubilados italianos, tenía unos requisitos muy estrictos. Uno de ellos era que no estaba permitida la práctica de ninguna actividad laboral. Algo que fue incumplido por un hombre de 67 años, al que una jornada de trabajo en la vendimia (por la que ganó 80 euros) le costó nada menos que 24.000 euros. Un año entero de jubilación.

Un año entero de pensión

Los hechos, según informa , se remontan al año 2020. Apenas un día de trabajo para este pensionista, ya fuera por ganarse un extra o por hacer un favor a algún familiar o amigo, le costó todo un año entero de su pensión. Al poco de tener constancia de esta penalización, el hombre interpuso un recurso al Tribunal de Rávena, aunque finalmente no prosperó y se vio obligado a devolver todo un año de pensión.

Noticias relacionadas

Manuel Carvello, su abogado, explica que en estos casos el tribunal tiende a dar la razón al INPS porque, de lo contrario, su decisión tendría una gran repercusión. “Cualquier sentencia repercutirá sin duda en un caso nacional”. Sin embargo, lamenta que la multa impuesta sea tan grave en comparación con el dinero obtenido. “Esta norma habla genéricamente de incompatibilidad entre la cuota 100 y la posibilidad de trabajar. No se explica de forma unívoca la posible sanción”, lamenta. En su lugar, defiende de que lo mejor sería restar el dinero obtenido con el trabajo o, en su defecto, el mes completo en el que se realizó el mismo. “Restar un año entero es injusto”, concluye.

¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de . ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Economía

Productos recomendados