Una mujer cobra la pensión de su madre fallecida en 1987 y es obligada a devolver casi 100.000 euros a la Seguridad Social
Un jubilado autónomo que disfrutaba de la pensión de incapacidad permanente total tuvo que devolver la cantidad que estaba percibiendo.

Una mujer ha sido condenada a un año de prisión, a una multa de seis meses con una cuota diaria de tres euros y a devolver un total de 94.894,23 euros a la Seguridad Social, tras haber cobrado indebidamente una pensión de viudedad.
Los hechos se remontan al año 1987, año en que falleció su madre, quien era beneficiaria de dicha pensión. Sin embargo, la hija no notificó el fallecimiento ni al banco ni al Instituto Nacional de la Seguridad Social, lo que provocó que la entidad bancaria continuara depositando la pensión mensualmente durante tres décadas, hasta el año 2016.
La Seguridad Social detecta el fraude
Durante todo ese período, la mujer retiraba el dinero del banco y lo utilizaba, a pesar de ser consciente de que su madre ya había fallecido. Finalmente, en 2016, la Seguridad Social detectó el fraude, que ascendía a un total de 129.538,93 euros. De esa cantidad, Bankia logró recuperar 34.644,70 euros, dejando un saldo pendiente de 94.894,23 euros. Fue entonces cuando el organismo decidió llevar a la mujer a juicio.
Tras analizar el caso, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a la mujer por un delito de estafa, conforme a lo estipulado en los artículos 248 y 250.1.5º del Código Penal. Además, la entidad bancaria también resultó condenada por responsabilidad civil subsidiaria.
Condena también para el banco
El tribunal aclaró que la obligación de verificar anualmente la supervivencia del beneficiario recaía, igualmente, en la entidad bancaria. Esto está regulado en el artículo 17.5 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 22 de febrero de 1996, que puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado.
Dicha normativa establece que «las entidades financieras pagadoras (bancos y cajas de ahorro) comunicarán a la correspondiente entidad gestora, al menos una vez al año, la pervivencia de los titulares de aquellas pensiones y demás prestaciones periódicas que vengan satisfaciendo mediante abono en cuenta».
Sigue el , donde encontrarás todo el deporte en un solo espacio: la actualidad del día, la agenda con la última hora de los eventos deportivos más importantes, las imágenes más destacadas, la opinión de las mejores firmas de AS, reportajes, vídeos, y algo de humor de vez en cuando.
Rellene su nombre y apellidos para comentar