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Blanca Palmero, abogada experta en herencias, explica cómo pagar la legítima en metálico: “Es necesario”

Un truco que no todo el mundo sabe y que puede beneficiar a los herederos del testamento, sobre todo a los forzosos.

Blanca Palmero, abogada experta en herencias, explica cómo pagar la legítima en metálico: “Es necesario”
YouTube / Vilches Abogados
Marta Tejedor
Actualizado a

A la hora de testar es fundamental explicar con detalles la repartición de bienes para evitar posibles malentendidos o conflictos entre los herederos. La abogada Blanca Palmero, experta en herencias, ha querido responder a una de las cuestiones más solicitadas entre los herederos a través de del Bufete Vilches Abogados en la red social de YouTube.

Entre las dudas que pueden surgir entre los herederos de un testamento está la posibilidad de recibir su parte ofrecida por el testador en metálico. “La respuesta es sí, es posible”, aclara la abogada en el vídeo. Muchos no lo sabrán, pero existen varias formas de poder pagar la parte correspondiente en metálico.

“Los herederos pueden recibir, y más los herederos forzosos. Los hijos, por ejemplo, del causante o fallecido, pueden recibir su parte de la herencia en metálico”, explica la abogada. La forma más simple y clara para poder cobrar la parte correspondiente en metálico es a través del propio testamento. En él, es fundamental que el testador disponga el reparto de los bienes en metálicos a las personas que desee.

Para evitar malentendidos, es necesario que se explique de manera detallada que una de las últimas voluntades del fallecido es el reparto de sus bienes a ciertas personas en metálico. Como ejemplo, Palmero explica que un testador puede ser propietario de una única vivienda y tuviera tres hijos. En el caso de que quiera dejarle ese bien inmueble a dos de sus herederos, podría especificar en su testamento la autorización del pago al tercer hijo de su parte correspondiente en metálico.

Pago de la legítima

En el caso de que el testamento no se especifique el reparto en metálico entre los herederos, la abogada explica otra posibilidad para conseguirlo. En el caso del pago a la legítima, es decir, a la cónyuge o pareja del fallecido, por ley está obligado el pago en metálico si se exige. Como ejemplo, puede darse el caso de que la pareja no quiera ser usufructuario de los bienes repartidos.

En estas situaciones, siempre que exista un acuerdo unánime entre todos los herederos del testamento, se podrá pagar a la cónyuge la parte correspondiente en metálico. Si no existiera o no fuera posible llegar a dicho acuerdo entre los beneficiarios, existe la posibilidad de llevar a cabo un procedimiento judicial.

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Cuando el reparto de la herencia se complica y no existe un acuerdo entre todos, es el juez quien puede autorizar el pago de la legítima en metálico. Para ello, antes de aceptar o no el pago, debe de analizarse al completo el testamento para asegurar que las circunstancias de la herencia así lo aconsejan.

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