Sociedad

El aviso de los Técnicos de Hacienda con la carta que le está llegando a millones de españoles por la Renta

Las “cartas del miedo” son notificaciones enviadas por Hacienda a contribuyentes, especialmente autónomos, que presentan discrepancias o irregularidades en su declaración.

Una persona cumplimenta la declaración de la Renta, a 3 de abril de 2024, en Madrid (España). Los contribuyentes han presentado en el primer día y medio de la Campaña de la Renta 2024 un total de 1.675.000 declaraciones, lo que supone un descenso del 0,1% respecto al año pasado. Fuentes del organismo han informado de que, del conjunto de declaraciones presentadas, 136.000 se han realizado a través del nuevo servicio de 'Renta Directa' y 238.000 con la aplicación de la Agencia Tributaria, un 2,4% más.
03 ABRIL 2025
Eduardo Parra / Europa Press
03/04/2025
Eduardo Parra | DiarioAS
Actualizado a

Aunque la campaña de la Renta finalizó el 30 de junio, ahora comienza una nueva etapa para los autónomos: la revisión de las declaraciones por parte de la Agencia Tributaria.

Son las llamadas “cartas del miedo”, notificaciones enviadas por Hacienda a contribuyentes, especialmente autónomos, que presentan discrepancias o irregularidades en su declaración. No implican una sanción inmediata, pero sí exigen una respuesta o una corrección. En este año se han enviado más de 80.000 cartas, superando las cifras del año anterior.

Calendario de revisión

  • Mayo a julio: Hacienda se centra en devoluciones sin errores.
  • Agosto: Se reduce la actividad por vacaciones.
  • Septiembre: Comienza el envío masivo de requerimientos.

¿Qué examina Hacienda?

  • Ayudas públicas no declaradas (vehículos eléctricos, rehabilitación de viviendas).
  • Ingresos omitidos que constan en declaraciones de terceros.
  • Deducciones autonómicas mal aplicadas o duplicadas.
  • Retenciones que no coinciden con lo informado por los clientes.

Consecuencias por no declarar o declarar mal

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Si no se presenta la declaración estando obligado, desde la Agencia Tributaria se reclamará el importe a pagar más intereses por demora. Podría haber multas entre el 50% y el 150% de la deuda. Si no hay deuda, hay una multa fija de 200 euros. Y si se presenta la declaración pero no se paga, también se puede recibir una sanción económica.

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