Le despiden dos veces de forma consecutiva, acude a la Justicia y le gana el pulso a Mercadona con nulo y reincorporación
El primero de los despido ocurrió en el año 2020. Un año más tarde fue despedida por segunda vez y ahora Justicia le vuelve a dar la razón.


Dos despidos, dos reincorporaciones. Es la historia de la batalla legal de una trabajadora contra Mercadona, y que en ambos casos acabó con final feliz para la empleada. Los dos despidos fueron declarados como nulos, en un proceso que se ha alargado durante años y en el que se llevaron a cabo varios recursos.
La historia se ha dado a conocer en los últimos días, gracias a un vídeo en el que se ve a la trabajadora volviendo a su puesto de trabajo entre los aplausos de sus compañeros. Todo empezó con el primer despido. Tras acudir a los juzgados al pensar que no se había procedido de forma correcta, la afectada tuvo una sentencia favorable: el despido fue declarado nulo por una causa discriminatoria y contraria a la ley.
Así lo recoge en abogado laboralista en sus redes sociales. Pero después de la primera reincorporación, la empresa volvió a despedir a la trabajadora, que nuevamente llevó el caso a la vía judicial. Y, como en la primera ocasión, con el mismo resultado: el despido estaba ocasionado por motivos discriminatorios o prohibidos.
“Ha vuelto a demostrar que le han despedido una segunda vez por un motivo discriminatorio o prohibido y se vuelve a reincorporar”, señala el abogado. La empleada consigue, después de perseverar y de interponer “varios recursos y dejarse una pasta en defender sus derechos”, ser readmitida por segunda vez con las mismas condiciones laborales y salariales que tenía.
Cinco años después
El inicio de la historia se remonta al año 2020, según . Entonces, fue despedida después de algunos desencuentros por las condiciones laborales. Tras acudir a los tribunales, fue readmitida en 2021. Pero apenas unos meses después volvió a ser despedida, iniciándose de nuevo un proceso judicial.
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Así hasta la actual resolución, dictada por el Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona. En este caso, se indica que la empresa no acreditó razones objetivas para concluir la relación laboral. De acuerdo con la sentencia, la actuación de la empresa es reiterada y carente de base legal suficiente.
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