Le despiden por trabajar 90 minutos en un día, el trabajador reclama y la Justicia dicta improcedente y 120.000 euros de indemnización
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia subraya que “deben primar los resultados por encima del control horario”, y condena a la empresa a readmitir al trabajador o indemnizarle.

Un juzgado de A Coruña ha dado la razón a un visitador médico, despedido tras ser acusado por su empresa de trabajar únicamente 90 minutos en una jornada. La resolución considera que el despido fue improcedente y recuerda que, en este tipo de empleos, lo determinante no es la presencia continuada, sino los resultados obtenidos. Y es que esta profesión en concreto, la cual consiste en la información y promoción de productos farmacéuticos a personal sanitario, no necesita obligatoriamente cumplir unos horarios fijos para desempeñar su labor.
El caso se remonta a Vigo, donde una compañía farmacéutica contrató a una agencia de detectives privados para vigilar al empleado. Según el informe de los investigadores, el trabajador apenas dedicó hora y media a su actividad. Sin embargo, el propio registro del visitador acreditaba que había contactado con 12 doctores en un hospital de la ciudad en una mañana, dedicando en total cuatro horas a su labor.
La empresa procedió a su despido, pese a que el profesional, que percibía un salario mensual de 5.000 euros, había sido reconocido en dos ocasiones con el “premio al desempeño del año” por su productividad.
Los resultados pesan más
El , al que tuvo acceso La Voz de Galicia, declara improcedente el despido y obliga a la compañía a readmitir al trabajador en las mismas condiciones o, en su defecto, a abonarle una indemnización de 118.256,51 euros, además de mantenerle dado de alta en la Seguridad Social durante el periodo de devengo de los salarios de tramitación.
Uno de los párrafos clave de la resolución señala: “Lo que prima serán los resultados y la productividad del trabajo, más que la jornada”. La jueza recuerda que la jornada pactada era de 40 horas semanales, pero con un horario flexible que el propio trabajador gestionaba, sin sistema de fichaje ni protocolos de control horario.
La sentencia también explica que, debido a la naturaleza de su función como visitador médico, el tiempo de trabajo debe adaptarse a la disponibilidad de los centros sanitarios y a los desplazamientos entre localidades, así como a las tareas que se realizan desde el domicilio.
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El caso se enmarca en un contexto más amplio, en el que crece el debate sobre la reducción de la jornada laboral y el peso de la productividad frente al presentismo. Según medios como Genbeta, en 2024, las mutuas destinaron 3,6 millones de euros a contratar detectives privados para vigilar a trabajadores de baja o con horarios flexibles. Un dato que muestra una tensión existente entre los convencionales modelos de control y la reivindicación de una mayor autonomía en la gestión propia del tiempo.
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