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Quiere volver de excedencia, la empresa se pone de perfil y la Justicia le hace pagar 200.000 euros de indemnización

El Supremo reconoce la vulneración del derecho preferente de reincorporación y obliga a la compañía a indemnizar al afectado.

Quiere volver de excedencia, la empresa se pone de perfil y la Justicia le hace pagar 200.000 euros de indemnización
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Un trabajador que solicitó una excedencia voluntaria en 2004 ha logrado una histórica victoria judicial tras casi dos décadas de batalla legal. Su antigua empresa deberá indemnizarle con 218.367,52 euros por haberle negado injustificadamente su derecho a reincorporarse al puesto. La sentencia, emitida por el Tribunal Supremo, pone fin a un prolongado litigio en el que se ha acreditado que la compañía mintió al afirmar que no había vacantes disponibles, mientras paralelamente consolidaba a decenas de trabajadores temporales como indefinidos.

El caso se remonta a septiembre de 2004, cuando el empleado, con más de 15 años de antigüedad, decidió acogerse a una excedencia voluntaria. Lo que parecía un paréntesis laboral temporal se convirtió en un calvario: desde 2006 solicitó reiteradamente volver a su puesto, sin éxito. La empresa siempre alegó la misma razón: “no hay vacantes”.

Sin embargo, la realidad que destapó el proceso judicial fue otra muy distinta. Entre los años de espera, la compañía transformó en indefinidos hasta 45 contratos temporales, muchos de ellos de la misma categoría profesional que la del demandante. Una contradicción que resultó determinante en el fallo judicial.

Una violación de un Real Decreto

Y es que el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores es claro: quienes disfrutan de una excedencia voluntaria conservan un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría. Ese derecho, subrayó el Supremo, no puede ser ignorado ni eclipsado por acuerdos colectivos, como pretendía la empresa al justificar que las conversiones de contratos formaban parte de pactos con los sindicatos.

La primera gran victoria para el trabajador llegó en 2021, cuando el Juzgado de lo Social nº 9 de Barcelona le dio la razón y condenó a la empresa a pagarle una indemnización correspondiente a los salarios dejados de percibir desde 2012 hasta 2021. El fallo fue confirmado posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en 2022.

El capítulo final llegó en el Tribunal Supremo, que desestimó el recurso de casación de la empresa, desmontando su argumento de que la conversión de contratos no implicaba la existencia de vacantes. Al contrario, el Alto Tribunal consideró probado que se vulneró de forma flagrante el derecho preferente del trabajador.

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De esta forma, el caso ha finalizado con casi 220.000 euros de indemnización, y un precedente para los trabajadores y las empresas. La política de contratación no se puede disfrazar, y los derechos individuales reconocidos por ley tampoco. Por tanto, negar un reingreso sin base real, como ha ocurrido, puede salir muy caro.

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