Se esconde unas cervezas en el uniforme, Alcampo le ‘pilla’ el robo y la Justicia avala el despido como procedente
El acusado alegó problemas de salud como motivos del robo. “No justificaban una merma de su capacidad intelectual”.

Un trabajador de Alcampo ha sido despedido de forma procedente tras haber sido “cazado” con latas de cerveza y otros productos escondidos en el uniforme. Así lo ha vaticinado el Tribunal Superior de Galicia tras un recurso de alegación por parte del acusado, quien llevaba más de 36 años en la empresa. En su día, el Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol falló en virtud de la compañía, pero ahora el TSXG ha confirmado la sentencia.
Y es que el 9 de febrero de 2023, dicho empleado se disponía a entrar en los vestuarios habilitados cuando los arcos de seguridad pitaron. Los guardas le cachearon y le encontraron “cuatro latas de cerveza, una lata de callos, un tarro de confitura de ciruela y una caja de lecitina de soja”, tal y como apunta el fallo de primera instancia. Tras finalizar su jornada, el empleado se guardó varios productos de los estantes del establecimiento en una chaqueta sudadera del uniforme para, posteriormente, ir a cambiarse.
La reacción de la empresa
Tras la intervención de los agentes, que dedujeron el hurto por la alarma antirrobo que tenía incorporada la lecitina de soja, la directiva del Alcampo de Ferrol decidió despedir de forma procedente al trabajador. Su alegación fue la comisión de una falta muy grave por transgresión de buena fe contractual, conforme está citado en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Este tenía contrato indefinido con un salario de 1.530,07 euros al mes, y se había integrado en la empresa en 1987. Poco después de la resolución, el trabajador presentó un recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Según Okdiario, su defensa alegó que “los hechos atribuidos al trabajador no pueden ser calificados como hurto, ni siquiera en grado de tentativa, porque el comportamiento fue detectado por la empresa en un momento inicial”. En adición, los abogados objetaron que los vigilantes tendrían que haber esperado a que el trabajador acudiera a la caja con esos productos para abonarlos, como ya había hecho en otras ocasiones.
También se presentaron justificaciones fundamentadas en problemas de salud como posibles motivos, como que el trabajador tenía episodios de cefaleas y migrañas por la tensión, así como un trastorno por depresión y ansiedad.
Con todo esto, el Tribunal Superior de Galicia ha descartado todas las alegaciones y ha confirmado el despido vigente en la sentencia 2191/2024, emitida hace ya unos meses. Ante las supuestas afecciones, los jueces han dejado claro que “no justificaban una merma de su capacidad intelectual”. Tampoco es necesaria “la consumación del hurto para que la conducta sea sancionable”.
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Así, este curioso caso ha concluido como empezó, y a su paso ha copado algunos titulares de diversos medios, como el de esta misma noticia. Los motivos huelgan decirlos.
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