Se pone a hablar de sus compañeros en un chat, la empresa la ‘caza’ y la Justicia confirma el despido procedente
“Lerda, lerda más que lerda”, el chat de la empresa que ha llevado al despido de la trabajadora

Despiden a una empleada por usar el chat corporativo de la empresa para difundir comentarios ofensivos de sus compañeros. Mensajes como: “Lerda, lerda más que lerda”, se dieron a conocer a través del responsable de la oficina, después de meses de actividad.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha calificado los hechos de “menosprecio injustificado”, y, por lo tanto, aprueba el despido de la trabajadora. En 2023, la mercantil abrió un expediente sancionador, calificando de “falta muy grave” los hechos según el artículo 24.1.c del convenio colectivo.
A pesar del alto cargo de la empleada, la empresa ha mostrado su descontento al no mostrarse como un referente para el resto el equipo. Además, la compañía ha señalado de “comentarios despectivos y vejatorios”, ya que constituyen una grave falta de respeto hacia las víctimas de dichos comentarios.
La empleada ha reconocido formar parte del chat. “No supimos separar la parte personal de la profesional”. También ha explicado que, en un principio, el grupo tenía el objetivo de comentar temas relacionados con la actividad de la empresa. Sin embargo, ha señalado al tenso ambiente de trabajo como factores que fomentaron el mal uso de dicho chat. Situaciones personales como no contar con ella ni incluirla en el resto del equipo provocaron un malestar en la empleada.
“Fruto del malestar en la oficina”
Por otro lado, confesó que no hizo una reflexión profunda. Al tratarse de un chat con un número limitado de personas y un nombre estudiado, confiando en la privacidad. “Nunca fue mi intención herir a nadie con mis comentarios; eran fruto del malestar ante situaciones que se estaban viviendo en la oficina”.
La cuestión que se ha debatido en el recurso es el tipo de despido que tendrá la trabajadora, quien solicitó el improcedente. Sin embargo, la sentencia de instancia decidió en el fallo el despido procedente, que fue recurrido a suplicación y confirmó.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de . ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic
Rellene su nombre y apellidos para comentar