Un empleado deja su trabajo, su jefe responde con un “ya veremos” y días después aún le llegan tareas y encargos
El empleado presentó su carta de renuncia siguiendo los plazos establecidos, pero su superior hizo oídos sordos. Tuvo que intervenir Recursos Humanos.


Situación rocambolesca la que vivió un trabajador de una pequeña empresa que presentó su carta de renuncia para dejar su empleo. Lo hizo con el protocolo habitual: dos semanas de preaviso, una conversación breve sobre la transición y una foto como prueba del momento.
Sin embargo, lo que parecía un trámite profesional se convirtió en una situación surrealista cuando su superior comenzó a comportarse como si la renuncia nunca hubiera ocurrido, tal y como cuenta el propio implicado en .
Apenas 24 horas después de entregar la carta, el trabajador recibió encargos para proyectos que se ejecutarían el mes siguiente. El siguiente miércoles fue incluido en reuniones programadas para dentro de tres semanas. El jueves, su jefa le pidió que encargara nuevas tarjetas de presentación con su nombre. Al recordarle que su salida estaba prevista para el viernes de la semana siguiente, ella respondió con un mensaje escueto y desconcertante: “Ya veremos”.
Tuvo que volver a ir a Recursos Humanos
La situación se tornó aún más extraña cuando, el viernes por la tarde, el empleado recibió una notificación para una evaluación de desempeño programada para el mes siguiente. Al rechazarla, su jefa se mostró confundida y afirmó: “¿De qué hablas? Nunca dijiste nada de irte”. A pesar de tener pruebas documentales (carta de renuncia y una fotografía entregándola), la negación persistía.
Preocupado por la falta de reconocimiento oficial de su renuncia, el empleado decidió enviar un correo electrónico de seguimiento a Recursos Humanos el lunes por la mañana. Adjuntó la carta original, la foto del momento de entrega y capturas de pantalla con marcas de tiempo que evidenciaban la comunicación. En menos de una hora, recibió una llamada del departamento confirmando que su último día sería el viernes, como estaba previsto.
Ya había usado la misma treta con otros trabajadores
La sorpresa llegó cuando Recursos Humanos reveló que no era la primera vez que la jefa actuaba de esa manera. “Ya lo hizo con otro empleado el año pasado”, le informaron. La situación está siendo gestionada internamente, aunque no se han dado detalles sobre posibles medidas disciplinarias.
Finalmente, el martes por la tarde, la jefa reconoció la renuncia, aunque en un tono en el que denotaba que “aceptaba” la decisión como si fuera una concesión. El trabajador, que comenzará su nuevo empleo el próximo lunes, se despide con alivio. “Me voy de aquí en dos días y empiezo de cero en un lugar que realmente funciona”, concluye.
¿Qué dice la Ley en España? ¿Cómo se renuncia a un trabajo?
Renunciar a un trabajo en España es un derecho reconocido por el Estatuto de los Trabajadores, pero debe hacerse siguiendo ciertos pasos y plazos para que sea legal y sin complicaciones. En nuestro país, para renunciar a un trabajo hay que realizar los siguientes trámites.
- Comunicación formal de la decisión
- La renuncia debe comunicarse por escrito, preferiblemente mediante una carta de baja voluntaria.
- Es recomendable entregar dos copias: una para la empresa y otra para ti, ambas firmadas por ambas partes
- Si hay dudas sobre la aceptación o quieres dejar constancia legal, puedes enviarla por burofax
- Plazo de preaviso
- El plazo general es de 15 días naturales antes de la fecha efectiva de salida
- Este plazo puede variar si el convenio colectivo o el contrato laboral establece un periodo diferente. Por ejemplo, algunos convenios exigen 30 días
- Si no se respeta el preaviso, la empresa puede descontar del finiquito los días no cumplidos o incluso reclamar daños y perjuicios
- Contenido de la carta de renuncia
- Nombre completo y puesto.
- Fecha de la carta.
- Fecha del último día de trabajo.
- Declaración de voluntad de extinguir la relación laboral.
- Agradecimiento y ofrecimiento de colaboración en la transición.
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Tras presentar su carta de renuncia, el trabajador tendrá derecho a recibir el salario pendiente, la parte proporcional de las pagas extraordinarias (si no están prorrateadas) y las vacaciones no disfrutadas. Asimismo, no se tiene derecho a indemnización por renuncia voluntad, ni tampoco se puede solicitar el paro una vez la salida de la empresa se haya consumado, salvo excepciones como víctimas de violencia de género.
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