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Vecinos intentan cobrar gastos eximidos a antiguos propietarios y la justicia les frena: los acuerdos de hace 30 años tienen validez

Una junta de vecinos lleva al Tribunal Supremo una votación sobre el ascensor de su edificio.

Vecinos intentan cobrar gastos eximidos a antiguos propietarios y la justicia les frena: los acuerdos de hace 30 años tienen validez
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El Tribunal Supremo ha dado la razón a dos vecinos que se negaban a pagar el ascensor de su edificio, ya que cuando se instaló en 1994, ellos votaron en contra y, por acuerdo unánime, quedaron exentos de esos gastos. Sin embargo, en 2018, la comunidad decidió que todos debían pagar, aunque no se consiguió el voto de todos los propietarios ni se les permitió votar a ellos. Ahora el Supremo ha dejado claro que ese cambio no es válido.

La historia comenzó hace más de 30 años, cuando la mayoría de los vecinos votó a favor de instalar un ascensor en el edificio. Como no era obligatorio por ley y algunos vecinos votaron en contra, se acordó que solo pagarían quienes lo querían. Durante 24 años, todo funcionó así sin problemas.

Respetar los acuerdos del pasado

Pero en 2018, la comunidad celebró una nueva junta y decidió repartir los gastos del ascensor entre todos los propietarios, usando como justificación una ley más reciente sobre accesibilidad universal. A dos de los vecinos que siempre habían estado exentos no se les dejó votar, supuestamente por no estar al día con los pagos, aunque luego se comprobó que sí lo estaban.

Estos vecinos llevaron el caso a los tribunales, pero tanto el juzgado como la Audiencia Provincial de Madrid les quitaron la razón. Ellos insistieron y presentaron un recurso al Tribunal Supremo, alegando que no se podía cambiar un acuerdo anterior aprobado por unanimidad sin volver a contar con ese mismo consenso.

El Supremo les ha dado la razón. Ha dicho que el acuerdo de 1994 fue legal y creó una situación válida. Por eso, no se puede anular ni modificar de forma retroactiva usando una ley nueva, como pretendía hacer la comunidad en 2018, y menos aún sin el voto de todos.

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El Tribunal Supremo ha anulado el acuerdo de 2018 y ha dejado claro que los vecinos que estaban exentos desde el principio no tienen que pagar el ascensor. Además, recuerda que una comunidad solo puede cambiar decisiones antiguas si no se perjudican derechos que ya estaban reconocidos con anterioridad.

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