¡Cinco partidos a Correa!
Competición no perdona ni un partido al argentino por sus insultos a Cuadra Fernández, además del que le cae por la roja.

Se cumplieron los pronósticos y Ángel Correa ha sido sancionado duramente por sus insultos a Cuadra Fernández en el Getafe-Atlético de Madrid disputado el pasado domingo. El argentino ha sido El club rojiblanco recurrirá a Apelación para intentar rebajar la sanción.
Así lo recoge la resolución de la RFEF
-1 partido de suspensión por producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, con multa/s accesoria/as en aplicación del artículo 52 CD.. (Artículo: 130.1)
-4 partidos de suspensión por Insultos, ofensas verbales y actitudes injuriosas al/a la árbitro/a principal, asistentes/as o cuarto/a árbitro/a, con multa/s accesoria/as en aplicación del artículo 52 CD.. (Artículo: 99)


El Atlético presentó alegaciones a la expulsión, previendo esta sanción, y esto un extracto de lo que ha resuelto el Comité de Competición:
“El Club alegante no aporta elemento probatorio alguno que pueda desvirtuar que el jugador expulsado no cometiera la acción descrita en el acta arbitral. Por el contrario, en la propia prueba videográfica aportada se aprecia cómo el jugador D. Angel Martín Correa Martínez golpea con su pie en la pierna del jugador contrario...”.
“...procede desestimar la solicitud de dejar sin efecto la citada expulsión, considerando este órgano disciplinario que los hechos descritos en el acta arbitral, que han sido objeto de controversia, son subsumibles en el tipo sancionador del artículo 130.1 del Código Disciplinario de la RFEF, procediendo imponer la sanción mínima de suspensión por un encuentro...”.
“Idéntica suerte desestimatoria han de correr las alegaciones del Club Atlético de Madrid referidas a las consecuencias disciplinarias que merecen las expresiones proferidas por el jugador tras la referida expulsión (“Hijo de mil putas, cagón. La concha de tu madre”), que constituyen claramente una infracción del artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF, que contempla los insultos, ofensas y actitudes injuriosas hacia el árbitro. En este orden de cosas, no pueden tener acogida, a los pretendidos efectos exculpatorios o atenuantes de responsabilidad, las razones que se esgrimen a la hora de tratar de justificar el reprochable comportamiento del jugador, por más que el resultado o el devenir de un encuentro pueda provocar, como se dice en el escrito de alegaciones, “presión adicional”, “mayor tensión” o “nerviosismo extremo” (sic), que, amén de la conveniencia de que tales emociones deban ser evitadas o controladas, nunca pueden justificar la cadena de graves expresiones dirigidas al árbitro como las reflejadas en el acta arbitral, ni ninguna otra falta de respeto hacia la persona y hacia la autoridad que representa el equipo arbitral”.
“Finalmente, siendo loable la reacción del jugador a través de sus redes sociales, en modo alguno tales disculpas pueden tener en sentido estricto la consideración y los pretendidos efectos del arrepentimiento espontáneo como circunstancia atenuante, máxime cuando este órgano disciplinario considera oportuno motu proprio imponer la sanción mínima de suspensión por cuatro partidos prevista en el citado artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF”.
El árbitro reflejó en el acta del siguiente modo las palabras que Correa le dirigió: “Tras mostrarle la tarjeta roja dicho jugador se dirigió a mí en los siguientes términos: ‘Hijo de mil putas, cagón. La concha de tu madre“. Esa misma noche el delantero publicó un tuit en el que se disculpaba ante el colegiado, sus compañeros y aficionados, algo que no ha servido en esta ocasión de atenuante para reducir el número de partidos, aunque la sanción es recurrible.
Quiero pedir perdón al colegiado Guillermo Cuadra Fernández por mi reacción tras la expulsión. Mi respeto hacia los árbitros es total y esta reacción no es propia de mí. Estaba muy caliente por dejar al equipo con diez en un momento tan delicado y he reaccionado de la peor forma.…
— Angel Correa (@AngelCorrea32)
Al tratarse de una sanción considerada grave (cuatro partidos o más) no solo la cumplirá en LaLiga sino en cualquier competición nacional, por lo que además de los partidos de LaLiga ante Barcelona (16 de marzo), Espanyol (29 de marzo), Sevilla (6 de abril) y Valladolid (13 de abril), se perderá también la vuelta de semifinales de la Copa del Rey ante el Barça en el Metropolitano (2 de abril).
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